Órganos de gobierno, competencias y funciones
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Artículos 25.1a) y 25.2a) de la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la actividad pública
En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento de Ruiloba, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
- Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local.
ALCALDÍA
Es el órgano unipersonal que preside la Corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la Administración Municipal. De entre sus funciones destaca:
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad.
- Dictar bandos, decretos e instrucciones.
- Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos.
- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado.
El Alcalde del Ayuntamiento de Ruiloba es D. Benito Julio Pinna González
TENIENTE DE ALCALDÍA
Son concejales nombrados por la Alcaldía y es a ellos a los que les corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten al alcalde para el ejercicio de sus funciones.
Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Ruiloba:
- La primera teniente de Alcalde: Dña. Mª Eugenia Martínez Bontempini
- La segunda teniente de Alcalde: Dña. Ascensión Bielva Rodríguez
PLENO
Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los Concejales y presidido por el Alcalde. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios.
Pleno del Ayuntamiento de Ruiloba (Consultar información)