PLAN ANUAL NORMATIVO

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 132 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

En aras de una mayor seguridad jurídica, y la predictibilidad del ordenamiento, todas las Administraciones divulgarán un Plan Anual Normativo en el que se recogerán todas las propuestas con rango de ley o de reglamento que vayan a ser elevadas para su aprobación el año siguiente. 

Actualmente el Ayuntamiento de Ruiloba no dispone de un Plan Anual Normativo.

Última actualización el jueves, 31 de octubre de 2024 a 17:37